• SI CAPTURAS UNA ADQUISICIÓN A CRÉDITO REGÍSTRALO TAMBIÉN EN ADEUDOS.
  • REGISTRA LAS CANTIDADES SIN CENTAVOS.
  • EL ACUSE DE TU DECLARACIÓN ES PERSONAL.
  • CUANDO HAYAS PRESENTADO TU DECLARACIÓN, GUARDA TU ACUSE DE RECIBO, ES IMPORTANTE PARA PRESENTAR TU SIGUIENTE DECLARACIÓN.

RECOMENDACIONES

  1. En caso de problemas para acceder al sistema DeclarINEGI:
    • Intenta acceder más tarde (puede ser que la red esté saturada o el servidor institucional tenga problemas en su funcionamiento).
    • Ingresa con el nombre de usuario con el que se entra a la cuenta de correo institucional, y que NO contenga @inegi.org.mx.
    • Verifica que la contraseña NO contenga símbolos (¿#%&@, etcétera) pues éstos causan problemas.
    • En caso de persistir el mensaje de error, intenta acceder desde otro equipo de cómputo (el sistema responde mejor en unos equipos de acuerdo a las especificaciones técnicas o al explorador de Internet. Se recomienda usar Internet Explorer versión 9.0 o superior).
    • Cierra todas las aplicaciones abiertas, reiniciar el equipo de cómputo y sólo abrir el DeclarINEGI.
    • Si el sistema no te permite acceso acude con tu área administrativa y verifica que si estés registrado en el padrón.

    Si aún siguiendo estas recomendaciones, no se permite el acceso al sistema, repórtalo al correo declarinegi@inegi.org.mx, con tu nombre completo y CURP y si eres ex servidor público, envía además las claves de plaza y presupuestal y narra de forma clara el problema. De ser posible, copia la imagen que presenta el mensaje de error y envíala para analizar el problema.

  2. No confundas la declaración de situación patrimonial que administra el Órgano Interno de Control del INEGI, con la declaración de impuestos que se realiza ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Servicio de Administración Tributaria(SAT), por lo que no se requiere para la presentación de la declaración de situación patrimonial, firma electrónica o acudir al SAT a solicitar información.
  3. Recuerda que cuando cambies de funciones, nivel o puesto y continúas con tu obligación de presentar la declaración de situación patrimonial, no estás obligado a hacer la de conclusión e inicio por ese cambio.
  4. No se requiere que el servidor público remita al Órgano Interno de Control una impresión del acuse de presentación de su declaración.