• SI CAPTURAS UNA ADQUISICIÓN A CRÉDITO REGÍSTRALO TAMBIÉN EN ADEUDOS.
  • REGISTRA LAS CANTIDADES SIN CENTAVOS.
  • EL ACUSE DE TU DECLARACIÓN ES PERSONAL.
  • CUANDO HAYAS PRESENTADO TU DECLARACIÓN, GUARDA TU ACUSE DE RECIBO, ES IMPORTANTE PARA PRESENTAR TU SIGUIENTE DECLARACIÓN.

PREGUNTAS FRECUENTES

Todas las personas servidores públicos sin excepción tienen la obligación de presentar la DSPI.

De conformidad al artículo 33 de la LGRA, los plazos son:
  1. Declaración inicial, dentro de los sesenta días naturales siguientes a la toma de posesión con motivo del:
    1. Ingreso al servicio público por primera vez;
    2. Reingreso al servicio público después de sesenta días naturales de la conclusión de su último encargo;
  2. Declaración de modificación patrimonial,durante el mes de mayo de cada año, y
  3. Declaración de conclusión del encargo,que se debe presentar dentro de los sesenta días naturales siguientes a la conclusión.

Sí, deberás presentar la declaración de situación patrimonial y de intereses, modalidad inicial.

Únicamente la DSPI inicial.

Ninguna.

Sí, en la declaración de intereses, apartado “Participación en empresas, sociedades, asociaciones”.

  • Para nivel de Jefe de Departamento o superior, se realizará en el formato extendido;
  • Para niveles inferiores al de Jefe de Departamento, corresponderá en el formato simplificado.

En el extendido:

Datos generales; domicilio del declarante; datos curriculares del declarante; datos del empleo cargo o comisión}, experiencia laboral; datos de la pareja; datos del dependiente económico; ingresos netos del declarante, pareja y/o dependientes económicos; si se desempeñó como servidor público el año inmediato anterior (en la inicial y conclusión); bienes inmuebles; vehículos; bienes muebles; inversiones, cuentas bancarias y otro tipo de valores/activos; adeudos/pasivos; y préstamos o comodato por terceros, así como lo relativo a la declaración de intereses.

En el simplificado:

Datos generales; domicilio del declarante; datos curriculares del declarante; datos del empleo cargo o comisión; experiencia laboral; ingresos netos del declarante; y si se desempeñó como servidor público el año inmediato anterior (en la inicial y conclusión); así como lo relativo a la declaración de intereses.

Quién laboró al menos un día del año inmediato anterior y tenga continuidad hasta el mes de mayo.

No presentará declaración de modificación, quién concluya en el mes de mayo, y presente la declaración de conclusión, en ese mes.

La participación de la persona declarante, su pareja y dependientes económicos, en empresas, sociedades o asociaciones, sindicatos, partidos políticos; apoyos o beneficios públicos; representación; clientes principales; beneficios privados; y fideicomisos.

Si eres persona servidora pública activa en el INEGI, acude a tu área de soporte informático regional o estatal, con la finalidad de que recibas el apoyo correspondiente.

Si no eres persona activa en el INEGI, envíanos un mensaje a la cuenta declarinegi@inegi.org.mx en el que señales de forma clara la problemática respectiva, tu nombre completo, CURP, adscripción, clave de plaza y presupuestal.

Sí, en el apartado de declaración de intereses, rubro de “Apoyos o beneficios públicos”, donde se registrará cualquier tipo de beca o apoyo económico recibido.

El ingreso que usted verá reflejado en la declaración patrimonial y de intereses como “remuneración mensual neta del declarante por su cargo público”, es el referente a su cargo actual, menos impuestos, y se obtiene de la siguiente manera:

Sueldo Bruto - Impuestos = Remuneració Neta por Encargo
Ejemplo: ($11,575) ($1,193) ($10,382)

No se debe confundir con el sueldo que se recibe en nómina, al que se le descuentan las cuotas al ISSSTE (seguro de retiro y seguridad social).

No, una vez que es presentada una Declaración en el DeclarINEGI, el Órgano Interno de Control cuenta con la información.
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Declaración de Modificación Simplificado

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Declaración de Modificación Extendido

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Declaración Patrimonial Inicial

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Declaración Inicial Simplificado

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Declaración de Conclusión

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Declaración de Conclusión Simplificado