DECLARACIÓN DE CONCLUSIÓN
Qué se captura: La información actualizada, a la fecha de conclusión del empleo, cargo o comisión.
En formato extendido (para quienes tengan nivel de Jefe de Departamento u homólogo y superiores):
Datos generales del declarante, domicilio, datos curriculares, datos del empleo cargo o comisión, experiencia laboral, datos de la pareja, datos de los dependientes económicos, Ingresos netos del declarante, pareja y/o dependientes económicos, bienes inmuebles, bienes muebles, vehículos, inversiones, cuentas bancarias y otro tipo de valores (activos), adeudos (pasivos), préstamos o comodato por terceros, y si te desempeñaste como servidor público el año inmediato anterior (ésta pregunta solo para la declaración inicial y conclusión); y Declaración de Intereses.
En formato simplificado (para quienes tengan nivel inferior a Jefe de Departamento):
Datos generales del declarante, domicilio, datos curriculares, datos del empleo cargo o comisión, experiencia laboral, ingresos netos y si se desempeñó como servidor público el año inmediato anterior (ésta pregunta solo para la declaración inicial y conclusión); y Declaración de Intereses.
Término para presentarla: Dentro de los sesenta días naturales siguientes a la conclusión del empleo, cargo o comisión.
Periodo a declarar:
En la declaración de conclusión se contemplan dos apartados para el registro de ingresos:
INGRESOS NETOS DEL DECLARANTE, PAREJA Y/O DEPENDIENTES ECONÓMICOS:
en este apartado deberán registrarse los ingresos obtenidos durante el año actual, hasta la fecha de conclusión del encargo.
¿TE DESEMPEÑASTE COMO SERVIDOR PÚBLICO EL AÑO INMEDIATO ANTERIOR?:
en caso de responder afirmativamente, deberán registrarse los ingresos percibidos durante todo el ejercicio anterior.
- Si la baja ocurrió en el transcurso de mayo, y se presentó la declaración de modificación de ese año, el período que se debe declarar es: de enero del año de la baja, a la fecha de conclusión.
- Si la baja ocurrió en el transcurso de junio a diciembre, el período que se debe de declarar es: de enero del año de la baja, a la fecha de conclusión.
- Si la baja ocurrió en el transcurso del mismo año de haber ingresado como obligado al Instituto, el período que se debe declarar es el de la fecha de ingreso a la fecha de conclusión.
Servidores Públicos Ex Servidores Públicos
Declaración de Modificación Simplificado
Declaración de Modificación Extendido
Declaración Patrimonial Inicial
Declaración Inicial Simplificado
Declaración de Conclusión
Declaración de Conclusión Simplificado