• SI CAPTURAS UNA ADQUISICIÓN A CRÉDITO REGÍSTRALO TAMBIÉN EN ADEUDOS.
  • REGISTRA LAS CANTIDADES SIN CENTAVOS.
  • EL ACUSE DE TU DECLARACIÓN ES PERSONAL.
  • CUANDO HAYAS PRESENTADO TU DECLARACIÓN, GUARDA TU ACUSE DE RECIBO, ES IMPORTANTE PARA PRESENTAR TU SIGUIENTE DECLARACIÓN.

NOVEDADES:

Conforme las disposiciones emitidas por el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, se determina que, a partir de este año se presentarán las Declaraciones de Situación Patrimonial y de Intereses en los nuevos formatos autorizados, considerando lo siguiente:

Para los servidores públicos del Instituto que no estaban obligados a presentar Declaración de Situación Patrimonial y de Intereses desde antes del 19 de julio de 2017, y han continuado laborando en el INEGI de forma ininterrumpida (de forma eventual o presupuestal), deberán presentar declaración por primera vez, en el mes de mayo.

Para aquellos servidores públicos del Instituto que ingresen por primera vez, reingresen (reingreso mayor a 60 días naturales), o concluyan su puesto, cargo o comisión en 2020, deberán presentar sus declaraciones patrimoniales de inicio o conclusión, según corresponda.

2 tipos de Formatos autorizados:

1-Extendido (para quienes tengan nivel de Jefe de Departamento u homólogo y superiores): Datos generales del declarante, domicilio, datos curriculares, datos del empleo cargo o comisión, experiencia laboral, datos de la pareja, datos de los dependientes económicos, Ingresos netos del declarante, pareja y/o dependientes económicos, bienes inmuebles, bienes muebles, vehículos, inversiones, cuentas bancarias y otro tipo de valores (activos), adeudos (pasivos), préstamos o comodato por terceros, y si te desempeñaste como servidor público el año inmediato anterior (ésta pregunta solo para la declaración inicial y conclusión); y Declaración de Intereses.


2-Simplificado (para quienes tengan nivel inferior a Jefe de Departamento): Datos generales del declarante, domicilio, datos curriculares, datos del empleo cargo o comisión, experiencia laboral, ingresos netos y si se desempeñó como servidor público el año inmediato anterior (ésta pregunta solo para la declaración inicial y conclusión); y Declaración de Intereses.