DECLARACIÓN DE INTERESES
OBLIGADOS:
De conformidad con los artículos 32 y 46 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, se encuentran obligados a presentar declaración de intereses todos los Servidores Públicos que deban presentar la declaración de situación patrimonial.
DÓNDE SE DECLARA:
En los formatos autorizados de las Declaraciones de Situación Patrimonial y de Intereses.
CUÁNDO:
En los mismos plazos legales en que se debe presentar la declaración de situación patrimonial, o en cualquier momento en que se considere que se puede actualizar un posible conflicto de interés.
LO COMPONEN LOS SIGUIENTES RUBROS:
- Participación en empresas, sociedades o asociaciones: Como socio, accionista, comisario, representante, apoderado, colaborador, beneficiario u otro.
- Participación en la toma de decisiones en: Organizaciones civiles, benéficas, partidos políticos, gremios o sindicatos.
- Apoyos o beneficios públicos: Contribución monetaria o en especie que se otorga a la persona declarante y/o pareja o dependientes económicos, con recursos públicos.
- Representación: Es cuando la persona Declarante actúa a nombre de otra persona física o moral (representante) o cuando una persona actúa a nombre ella (representado).
- Clientes principales: En caso de tener alguna empresa, negocio o actividad lucrativa deberá señalar a sus clientes principales.
- Beneficios privados: Contribución monetaria o en especie que se otorga a la persona declarante y/o pareja o dependientes económicos, con recursos privados.
- Fideicomisos: Este apartado solo lo llenaran las personas servidoras públicas que tengan participación en un fideicomiso, ya sea en el carácter de fideicomitente, fiduciario, fideicomisario o dentro del consejo técnico.
Declaración de Modificación Simplificado
Declaración de Modificación Extendido
Declaración Patrimonial Inicial
Declaración Inicial Simplificado
Declaración de Conclusión
Declaración de Conclusión Simplificado